SUMARIO
Presidencia
- ACUERDO por el que se solicita la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia del Proyecto de Ley Orgánica
por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de
Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria
entre el Reino de Bélgica, la República de Bulgaria, el Reino de
Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República de Estonia,
Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República
Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, la República de
Letonia, la República de Lituania, el Gran Ducado de Luxemburgo,
Hungría, Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria,
la República de Polonia, la República Portuguesa, Rumania, la República
de Eslovenia, la República Eslovaca, la República de Finlandia y el
Reino de Suecia, firmado en Bruselas el 2 de marzo de 2012.
- ACUERDO por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo
del Día Internacional contra la Homofobia y Transfobia, que se
celebrará el próximo día 17 de mayo.
- ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral
Generalitat-Estado a que se refiere el artículo 183 de la Ley Orgánica
6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de
Cataluña.
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica
la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en
materia de lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- Se remite a las cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA
por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de
Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria
entre el Reino de Bélgica, la Republica de Bulgaria, el Reino de
Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República de Estonia,
Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República
Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, la República de
Letonia, la República de Lituania, el Gran Ducado de Luxemburgo,
Hungría, Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria,
la República de Polonia, la República Portuguesa, Rumania, la República
de Eslovenia, la República Eslovaca, la República de Finlandia y el
Reino de Suecia, firmado en Bruselas el 2 de marzo de 2012.
-
ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Acuerdo sobre un Espacio Aéreo Común
entre la Unión Europea y sus Estados miembros por una parte, y Georgia,
por otra, se autoriza su aplicación provisional y se dispone su
remisión a las Cortes Generales.
- ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Acuerdo Euromediterráneo de Aviación
entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el
Reino Hachemí de Jordania, por otra, se autoriza su aplicación
provisional y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
Hacienda y Administraciones Públicas
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia
por importe de 139.083,57 euros, para atender el pago de los intereses
fijados en el auto de la Audiencia Nacional de 1 de diciembre de 2011,
relativo al síndrome tóxico, y se concede un crédito extraordinario en
el presupuesto del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia
por un importe de 240.404,84 euros, para el abono de indemnizaciones
derivadas de la sentencia de la Audiencia Nacional de 4 de febrero de
2010, relacionada con el síndrome tóxico y se concede un suplemento de
crédito en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia
por importe de 1.317.240,37 euros, para atender gastos en concepto de
gratificaciones por servicios extraordinarios presentados por personal
de la Guardia Civil, en cumplimiento de sentencias y autos dictados por
las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores
de Justicia de Navarra y de Madrid, y se concede un suplemento de
crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior.
- ACUERDO por el que se establecen medidas en relación con la
aplicación del Acuerdo de 3 de diciembre de 2007, sobre condiciones de
trabajo para el personal laboral que presta servicios en el exterior al servicio de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos.
Fomento
- ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia
por importe de 299.879,76 euros para las obras de estabilización del
talud deslizado en la carretera N-234 en el p.k. 44,800 MD, en Castellón.
- ACUERDO por el que se toma razón de la Resolución de la Secretaría
de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda por la que se
encomienda a la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias la construcción del tramo A Coruña-Vigo del Eje Atlántico de Alta Velocidad.
- ACUERDO por el que se toma razón de la Resolución de la Secretaría
de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda por la que se
encomienda a la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
la construcción de la conexión del corredor mediterráneo con la línea
de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa: Vandellós-área de
Tarragona.
Empleo y Seguridad Social
- ACUERDO complementario al Acuerdo de 27 de abril de 2012, por el que
se establece un arbitraje obligatorio como vía de solución de la huelga
declarada en la empresa Iberia L.A.E., S.A.U., Operadora.
- ACUERDO por el que se impone una sanción de 187.515 euros a la
empresa Análisis y Proyectos P.B. Y F.G., S.L., como consecuencia del
acta de infracción en materia de Seguridad Social extendida por la
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla.
- ACUERDO por el que se impone una sanción de 126.098,86 euros a la
empresa Pura Madera, S.L., como consecuencia del acta de infracción en
materia de Seguridad Social extendida por la Inspección Provincial de
Trabajo y Seguridad Social de Málaga.
Economía y Competitividad
- REAL DECRETO LEY sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero.
- ACUERDO por el que se instruye al Ministerio de Economía y
Competitividad la encomienda de elaboración de dos informes de
valoración externos sobre el grado de saneamiento de los balances bancarios.
- ACUERDO por el que se aprueba un gasto de 280.637.400 euros con
cargo a los Presupuestos Generales del Estado en concepto de préstamo al
Consorcio de Compensación de Seguros para la atención de las obligaciones derivadas del Seguro de Crédito a la Exportación por cuenta del Estado.
- ACUERDO por el que se autoriza el cuarto desembolso por importe de
1.000.000 de dólares USA de la contribución de España al Centro de
Asistencia Técnica Regional en Centroamérica del Fondo Monetario Internacional.
ACUERDOS DE PERSONAL
Presidencia del Gobierno
- REAL DECRETO por el que se nombra delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Extremadura a D. GERMÁN LÓPEZ IGLESIAS .
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República de Cuba a D. JUAN FRANCISCO MONTALBÁN CARRASCO .
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en el Estado de Israel a D. FERNANDO CARDERERA SOLER .
- REAL DECRETO por el que se designa embajadora de España en la República Libanesa a Dª MILAGROS HERNANDO ECHEVARRÍA .
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República de Kazajstán a D. MANUEL LARROTCHA PARADA .
Hacienda
- REAL DECRETO por el que se nombra vocal en representación del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz a D. JAVIER SÁNCHEZ ROJAS.
- REAL DECRETO por el que se nombra vocal en representación del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz a D. ANTONIO ORTIZ ESPINOSA.
Industria, Energía y Turismo
- REAL DECRETO por el que se nombra consejero del Consejo de Seguridad Nuclear a D. FERNANDO CASTELLÓ BORONAT.
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ASUNTOS GENERALES
Economía y Competitividad
ELEVADAS LAS PROVISIONES DE LA BANCA PARA ASEGURAR LA SOLIDEZ DEL SISTEMA FINANCIERO
- Se amplían las coberturas para los activos inmobiliarios clasificados como no problemáticos.
- El proceso exigirá provisiones adicionales por unos treinta mil millones de euros.
- El conjunto de las provisiones cubrirá un 45 por 100 de los activos ligados al sector promotor.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real
Decreto Ley que eleva la provisión genérica de la cartera de créditos y
activos inmobiliarios no problemáticos de la banca (123.000 millones de
euros), lo que supondrá en torno a 30.000 millones de euros de nuevas
dotaciones que tendrán que ser realizadas antes del 31 de diciembre de
este año. Estos saneamientos se unen a los 54.000 millones de euros ya
realizados tras la aprobación del Real Decreto Ley de reforma financiera
de febrero, por lo que el saneamiento total realizado se situará cerca
de los 84.000 millones de euros.
Se trata de avanzar y profundizar en el
saneamiento del sector financiero español con el objetivo de recuperar
la confianza y garantizar la solvencia en un entorno difícil para la
economía española. Las nuevas medidas abordan de forma preventiva nuevas
dotaciones para activos ligados al crédito promotor que aún no se
consideran problemáticos.
Se trata de una segunda fase de la reforma
financiera emprendida en febrero pasado y el objetivo final es que los
balances de los bancos estén más saneados y protegidos ante el riesgo
promotor, para que puedan dedicarse a su actividad principal y volver a
conceder créditos a familias y empresas.
Elevación de la cobertura con provisiones
Con la norma aprobada hoy, las entidades
bancarias tendrán que elevar la cobertura con provisiones de sus suelos
al corriente de pago (que suman 25.000 millones de euros) del 7 por 100
al 52 por 100; la de las promociones en curso (16.000 millones de euros)
del 7 por 100 al 29 por 100; la de las viviendas terminadas (61.000
millones de euros) del 7 por 100 al 14 por 100; y la de aquellos
créditos sin garantía real (18.000 millones de euros) del 7 por 100 al
52 por 100. Los bancos deberán presentar ante el Banco de España sus
planes para cumplir con las nuevas exigencias antes del 11 de junio.
Aquellas entidades que tras este saneamiento
presenten déficit de recursos propios o de capital principal de acuerdo
con la normativa vigente tendrán que capitalizarse en el mercado o, en
su defecto, podrán solicitar al FROB, la suscripción de bonos
convertibles contingentes ("cocos") o de capital para fortalecer su
balance. En el caso de acudir al FROB no se trata de ningún tipo de
ayuda o subvención pública. Los "cocos" pagarán al FROB un tipo de
interés de mercado, que será, aproximadamente, el doble del coste de la
financiación del Tesoro al mismo plazo (cinco años). Las entidades que
recurran al FROB deberán presentar un plan de reestructuración.
El objetivo de la medida es situar al sector
financiero en disposición de hacer frente a un hipotético empeoramiento
de la situación de su cartera inmobiliaria sin que se vea afectada su
solvencia. Es decir, se anticipan provisiones para una eventual entrada
en morosidad de estos créditos sanos, según las pruebas de estrés
realizadas. El nuevo esfuerzo en provisiones sitúa a España entre los
países más exigentes de Europa en esta materia.
Reubicación de la cartera de activos
Las entidades financieras estarán obligadas a
reubicar su cartera de activos adjudicados en una sociedad gestionada de
forma independiente antes del 31 de diciembre de 2012 (el 31 de
diciembre de 2013 para las que estén inmersas en un proceso de fusión),
con el fin de delimitar de forma clara y precisa el riesgo promotor del
sector financiero.
Con estas dos medidas, el Gobierno inicia la
segunda fase de la reforma financiera. En la primera, el Ejecutivo elevó
considerablemente las provisiones y capital de los activos
inmobiliarios problemáticos (184.000 millones de euros), que tendrán que
ser realizadas este año. Las entidades presentaron el pasado 30 de
marzo sus planes de saneamiento ante las autoridades supervisoras y
deberán detallar antes del próximo 30 de junio sus planes de saneamiento
basados en una integración.
(Presentacion Reforma Financiera)
Economía y Competitividad
ENCOMIENDA DE INFORMES DE VALORACIÓN EXTERNOS SOBRE EL SANEAMIENTO DE LOS BALANCES BANCARIOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo
por el que se instruye al Ministerio de Economía y Competitividad la
encomienda de elaboración de dos informes de valoración externos e
independientes sobre el grado de saneamiento de los balances bancarios.
Esta valoración sobre la cartera de activos del
sistema financiero español está en línea con los criterios de la
Comisión Europea, el Banco Central Europeo y el Fondo Monetario
Internacional. Se trata de una medida de transparencia en aras de
mejorar la credibilidad del sistema financiero español, garantizar su
solvencia y despejar dudas e incertidumbres sobre los balances
bancarios.
Fomento
REDUCIDO EL PLAZO DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE CINCO A TRES AÑOS
- Se incentiva la adquisición de vivienda hasta el final de año con una exención del 50 por 100 de la plusvalía.
- Se mejora el régimen de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario.
El Consejo de Ministros ha recibido un informe de
la ministra de Fomento sobre el Anteproyecto de Ley de medidas para
dinamizar el mercado del alquiler de viviendas mediante su
flexibilización con una reducción de los plazos de duración del
contrato, mejora de la seguridad jurídica a través de la inscripción
registral de los arrendamientos y la agilización del procedimiento de
desahucio.
Además, se adoptarán determinadas medidas en el ámbito fiscal, con la misma finalidad de impulsar el mercado de alquiler.
Con este Anteproyecto de ley, que introduce
modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, y en la Ley
de 7 de enero de 2000, se busca potenciar el mercado de la vivienda en
alquiler en España, país con el menor parque de viviendas de este tipo
de toda la Unión Europea.
Los cambios que se introducen servirán para
reformar aquellos elementos del marco jurídico actual que impiden un
funcionamiento dinámico del mercado de vivienda en alquiler.
FLEXIBILIZACIÓN DEL MERCADO DE ALQUILER
Para conseguir este objetivo, la reforma incide sobre dos aspectos fundamentales:
Se fortalece, en primer lugar, la libertad de las
partes para llegar a todos aquellos acuerdos que, razonablemente, no
deban formar parte de un régimen impuesto directamente por la Ley,
preservando en todo caso un adecuado equilibrio entre los intereses de
arrendador y arrendatario.
Por ello, se garantiza que el arrendador pueda
recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato
de arrendamiento ni hubieran transcurrido cinco años desde su firma,
siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado
o su cónyuge tras el divorcio o nulidad matrimonial.
Además, se permite que el arrendatario pueda
desistir del contrato en cualquier momento, siempre que lo comunique con
un mes de antelación, pudiendo preverse en el contrato una
indemnización específica para el arrendador en caso de producirse dicho
desistimiento anticipado.
REDUCCIÓN DE LOS PLAZOS DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El segundo aspecto sobre el que incide la reforma
es el de los plazos legales de duración del contrato de arrendamiento.
Así, se reduce de cinco a tres años la denominada "prórroga forzosa" del
contrato, que es aquella que permite que el inquilino, sea cual fuera
el tiempo de duración pactado en el contrato, opte por prorrogar su
duración, prórroga que debe respetar el arrendador.
Asimismo, se reduce de tres a un año la
denominada "prórroga tácita automática" del contrato, que es aquella que
permite que, una vez transcurrido el tiempo pactado para la duración
del contrato y su posible prórroga forzosa, el contrato pueda entenderse
prorrogado tácitamente si las partes no señalan no contrario.
De esta forma, el límite legal para la duración
de los contratos de arrendamiento se reducirá de los 8 (5+3) años
actuales, a 4 (3+1) años, es decir, exactamente la mitad.
MEJORA DE LA SEGURIDAD JURÍDICA
La reforma mejora la seguridad jurídica mediante
el incremento de los efectos de la inscripción de los arrendamientos en
el Registro de la Propiedad.
Para preservar el necesario equilibrio de
derechos e intereses entre las partes del contrato de arrendamiento y
los terceros con derechos sobre la vivienda objeto de dicho contrato
resulta imprescindible que el arrendamiento esté sometido al régimen
general de seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.
La inscripción en el Registro de la Propiedad
impedirá la comisión de fraudes, tanto en la adquisición de viviendas o
locales comerciales como en la ejecución hipotecaria.
En este apartado se introducen las siguientes reformas:
Un comprador que adquiera una vivienda, siempre
que sea un adquirente de buena fe, estará obligado a permitir que el
arrendatario continúe con su contrato siempre que dicho contrato de
arrendamiento esté inscrito en el Registro.
Si el contrato de arrendamiento no está inscrito,
el comprador de buena fe no estará obligado a respetar el arrendamiento
concertado por el anterior propietario y el arrendatario perderá su
derecho. Este criterio, que se aplica en este momento para los
arrendamientos de locales de negocio, modifica la situación actual, en
la que los compradores de una vivienda arrendada deben permitir la
continuación del arrendamiento al menos hasta el período de cinco años
que exige la Ley vigente.
Por su parte, una vez inscrito el derecho del
arrendatario, la transmisión a un tercero de la vivienda arrendada no
podrá afectar a sus derechos legales (prórroga forzosa y prórroga
tácita) derivados del contrato de arrendamiento, pues el tercero
adquirente tendrá que respetar el contrato.
AGILIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO
Los procedimientos de desahucio por impago de
rentas, pese a las reformas introducidas en 2009 y 2011, son lentos e
ineficaces. Por ello, resulta necesaria la agilización de este
procedimiento, reduciendo la intervención judicial al mínimo
imprescindible.
En la línea de favorecer la inscripción en el
Registro de la Propiedad, se prevé un procedimiento más sencillo de
actuación en caso de impago de rentas siempre que se trate de
arrendamientos inscritos en el mismo.
En ese caso, siempre que así se señale en el
contrato, la falta de pago de la renta podrá dar lugar a la resolución
del arrendamiento, sin más exigencia que un previo requerimiento
notarial o judicial, sin necesidad de obtener una sentencia declarativa.
Una vez cancelada la inscripción del
arrendamiento, se podrá ordenar la ejecución, lo que implica la
restitución del inmueble a su propietario.
Se crea, además, un procedimiento judicial
acelerado para que en el plazo de diez días se proceda al pago de la
renta debida y se simplifican los procedimientos judiciales para
efectuar los desahucios, duplicando la capacidad de los juzgados.
MEDIDAS DE CARÁCTER FISCAL
Las medidas en el ámbito fiscal se centran en la
modificación del régimen fiscal de las Sociedades Cotizadas de Inversión
en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) y en nuevas exenciones para
equiparar el Impuesto sobre la renta de no residentes y el IRPF.
Las Sociedades Cotizadas de Inversión en el
Mercado Inmobiliario (SOCIMI) nacieron en el año 2009 con la finalidad
de crear un nuevo instrumento de inversión destinado al mercado
inmobiliario del arrendamiento, no sólo de viviendas, sino de cualquier
inmueble urbano; pero su régimen jurídico y fiscal se ha demostrado
inoperante. Los cambios introducidos buscan flexibilizar los requisitos
exigidos a este tipo de entidades, entre los que cabe destacar:
MEJORA DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS SOCIMI
Además, las SOCIMI tributarán en función del
resultado del ejercicio, se incrementan las rentas exentas del 20 al 25
por 100 y el tipo de gravamen se fija en el 19 por 100.
INCENTIVACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS
Por otra parte, para incentivar la adquisición de
activos inmobiliarios se establece, en el Real Decreto Ley sobre
saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero
aprobado hoy, una exención del 50 por 100 de las rentas derivadas de la
transmisión de inmuebles urbanos que sean adquiridos hasta el 31 de
diciembre de 2012, siempre que no exista vinculación entre las partes.
(Presentación Reforma Arrendamientos)
Justicia
ELEVADOS A SEIS AÑOS LA PENA MÁXIMA POR DELITO FISCAL Y A DIEZ AÑOS EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN
El Consejo de Ministros ha recibido un informe,
presentado por los ministros de Justicia, Hacienda y Administraciones
Públicas y Empleo y Seguridad Social, sobre la modificación del Código
Penal en materia de delito fiscal y contra la Seguridad Social para
crear en ambos casos un subtipo agravado para las conductas más graves.
Para los delitos fiscales agravados la pena
máxima será de prisión de dos a seis años en vez de uno a cinco años.
Además, el plazo de prescripción pasa a ser de diez años frente a los
cinco años de los restantes supuestos de delito fiscal. El nuevo tipo
agravado de delito fiscal se aplicará cuando la cuantía de la cuota
defraudada exceda de seiscientos mil euros o cuando la defraudación se
haya cometido en el seno de una organización o grupo criminal. También
se aplicará cuando se utilicen negocios, entes o territorios que
dificulten u oculten la identidad del obligado tributario o la
determinación de la cuantía defraudada.
Mejoras técnicas
Además, se fijan una serie de mejoras técnicas
destinadas a favorecer la regularización voluntaria del contribuyente o
la recaudación. Entre ellas figura un atenuante (rebaja importante de la
pena) por reparación del perjuicio económico causado a la Hacienda
Pública. Se aplicará en los casos de regularización dentro de los dos
primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos
en que el contribuyente colabore en la identificación de otros sujetos
responsables.
Por otro lado, se faculta a la Administración
Tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la
existencia de un proceso penal. En la actualidad, se exige el
pronunciamiento expreso del juez.
Por último, se da una mayor operatividad en los
supuestos de tramas al no ser necesario esperar al transcurso del año
cuando se defraude más de 120.000 euros. En la actualidad se debe
atender a lo defraudado en todo el año natural y por ello esperar a la
finalización del mismo para denunciar el hecho como delito fiscal.
SEGURIDAD SOCIAL
En los delitos agravados contra la Seguridad
Social se delimitan nuevos supuestos de fraude en los que se ha
verificado que la sanción administrativa no es suficientemente efectiva y
que la gravedad de estas conductas exige una sanción penal. Tal es el
caso de empresas ficticias y talleres clandestinos.
Los cambios introducidos buscan la mejora técnica
del tipo delictivo, así como la incorporación al mismo de los criterios
jurisprudenciales y técnicos sentados a lo largo de su aplicación.
En esta línea, se endurecen las penas máximas por
defraudar a la Seguridad pasando de cinco a seis años y se pretende la
ampliación del período de prescripción de cinco a diez años de los
supuestos delictivos más graves, como, por ejemplo, las "empresas
fantasma" sin actividad real que simulan relaciones laborales, con el
único propósito de que los trabajadores obtengan una prestación pública.
Cuantías mínimas
Asimismo, se reduce la cuantía mínima de la
defraudación, que pasa de 120.000 euros a 50.000 euros, y se incluye
dentro de esa cuantía toda la deuda no prescrita. También se sancionan
penalmente aquellos casos de defraudación dolosa en prestaciones de
Seguridad Social que causen un perjuicio grave al patrimonio de la
Seguridad Social, introduciendo un nuevo apartado 307.ter.
Por otra parte, se plantea la modificación del
Código Penal para sancionar a aquellos que empleen simultáneamente a una
pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad
Social, o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.
Por último, se modifica la redacción del artículo
398, relativo a la falsificación de certificaciones por terceros de
documentos de la Seguridad Social, que se considerarán delitos de
falsedad documental, y se introduce un nuevo delito que tipifica los
supuestos de falseamiento de la contabilidad de las Administraciones
Públicas, cuando de este modo se crea un peligro para el patrimonio
público administrado.
La especial trascendencia de los bienes jurídicos
protegidos (los derechos de los trabajadores y los recursos económicos
de la Seguridad Social) motivan las modificaciones propuestas del Código
Penal en relación con los delitos contra la Seguridad Social y contra
los derechos de los trabajadores.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
RATIFICACIÓN DEL TRATADO DE ESTABILIDAD, COORDINACIÓN Y GOBERNANZA EN LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a
las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica por la que se
autoriza la ratificación por España del Tratado de Estabilidad,
Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria entre el
Reino de Bélgica, la Republica de Bulgaria, el Reino de Dinamarca, la
República Federal de Alemania, la República de Estonia, Irlanda, la
República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la
República Italiana, la República de Chipre, la República de Letonia, la
República de Lituania, el Gran Ducado de Luxemburgo, Hungría, Malta, el
Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República de
Polonia, la República Portuguesa, Rumania, la República de Eslovenia, la
República Eslovaca, la República de Finlandia y el Reino de Suecia,
firmado en Bruselas el 2 de marzo de 2012.
El pasado 24 de febrero de 2012 el Consejo de
Ministros autorizó la firma de este Acuerdo y el Presidente del Gobierno
procedió a la misma en Bruselas el 2 de marzo de 2012.
La ley orgánica contiene un único artículo, que
autoriza la ratificación del Tratado, y una disposición final única que
dispone su entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado".
Reforzamiento del pilar económico
El objeto del Tratado de Estabilidad,
Coordinación y Gobernanza es el reforzamiento del pilar económico de la
Unión Económica y Monetaria mediante la adopción de una serie de normas
destinadas a:
- Promover la disciplina presupuestaria a través de un pacto
presupuestario, obligando a los Estados parte a registrar equilibrio o
superávit en sus cuentas públicas (la llamada "regla de oro"). Se
considera de este modo si el saldo estructural anual alcanza el objetivo
a medio plazo con un límite inferior máximo del 0,5 por 100 del PIB a
precios de mercado (ampliado al 1 por 100 si la ratio de deuda pública
se sitúa por debajo del 60 por 100 y los riesgos de su sostenibilidad
son bajos). Se articulan mecanismos correctores de forma automática en
caso de observarse desviaciones significativas.
Todas estas normas deberán incorporarse a los
ordenamientos jurídicos nacionales vía disposiciones preferentemente de
rango constitucional, siendo justiciable ante el Tribunal de Justicia de
la Unión Europea la falta de trasposición e incluso la adopción de
multas en caso de incumplimiento de la sentencia. España ya ha cumplido
su compromiso, dado que en septiembre de 2011 se modificó el artículo
135 de nuestra Constitución para incorporar la "regla de oro", además de
contar con la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera.
El pacto presupuestario incluye otras medidas
como la obligación de informar sobre planes de emisión de deuda pública y
de presentar un programa de asociación económica y presupuestaria para
los Estados en procedimiento de déficit excesivo.
2.A reforzar la coordinación de sus políticas económicas.
3.A mejorar la gobernanza de la zona euro,
formalizando la existencia de las cumbres Euro, al menos, dos veces al
año (los Estados miembros no Euro podrán participar cuando se considere
oportuno y, al menos, una vez al año), cuya preparación y seguimiento se
encarga al Eurogrupo.
El artículo 14 del Tratado establece que el
Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2013, si para entonces, o bien
doce países cuya moneda es el euro hubieran depositado su instrumento
de ratificación, o bien el primer día del mes siguiente al depósito del
decimosegundo instrumento de ratificación por un país firmante cuya
moneda es el euro, si esta fecha fuera anterior. El Acuerdo se aplicará a
partir de su fecha de entrada en vigor entre los países cuya moneda es
el euro que lo hayan ratificado. Se aplicará a los demás países cuya
moneda es el euro a partir del primer día del mes siguiente al depósito
de su respectivo instrumento de ratificación.
El Tratado de Estabilidad, Coordinación y
Gobernanza ha sido firmado por veinticinco Estados miembros; todos,
excepto Reino Unido y la República Checa. La negativa de Reino Unido y
la República Checa a formar parte del mismo impidió que este Pacto
fiscal fuese finalmente incorporado al Tratado de la Unión Europea.
Hasta la fecha, sólo Grecia, Portugal y Eslovenia lo han ratificado.
Irlanda deberá proceder a la convocatoria de un referéndum.
Unión Económica más fuerte
Este Tratado supone un avance hacia una unión
económica más fuerte, desarrollando una coordinación más estrecha dentro
de la zona euro con vistas a garantizar una gestión duradera, correcta y
sólida de las finanzas públicas y hacer así frente a una de las
principales fuentes de inestabilidad financiera.
Este Tratado constituye una pieza clave de la
nueva gobernanza económica de la eurozona, junto con el nuevo Tratado
constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad, hecho en Bruselas el 2
de febrero de 2012. Ambos tratados internacionales resultan
complementarios dado que comparten un mismo objetivo: promover la
responsabilidad y solidaridad presupuestarias en la Unión Económica y
Monetaria. Por esta razón, la concesión de asistencia financiera a
través del Mecanismo estará condicionada, a partir del mes de marzo de
2013, a la ratificación del Tratado de Estabilidad, Coordinación y
Gobernanza por el miembro del Mecanismo de que se trate.
Rápida entrada en vigor
Es interés de España la rápida entrada en vigor
de este Acuerdo. La crisis de deuda soberana viene amenazando la
estabilidad de la Eurozona desde mayo de 2010, y afecta también a
España. La persistencia de la crisis de confianza que continúa minando
la estabilidad del euro y la necesidad de transmitir confianza a los
mercados con prontitud y de forma definitiva avalan la importancia de
este Tratado, con cuya entrada en vigor se envía una positiva señal
tanto a los ciudadanos como a los mercados financieros. A este respecto,
el Consejo de Ministros ha solicitado la tramitación parlamentaria de
este Proyecto de Ley Orgánica por el procedimiento de urgencia.
Hacienda y Administraciones Públicas
DESIGNADOS LOS REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN EN LA COMISIÓN BILATERAL GENERALITAT-ESTADO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo
por el que se designan los representantes de la Administración General
del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat de Cataluña-Estado, con
el fin de adecuarlos a la nueva estructura de los Departamentos
Ministeriales.
La presidencia de la representación de la
Administración General del Estado en la Comisión la ejercerá la
Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia.
Los vocales de dicha Comisión serán los titulares
de los siguientes órganos: Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, que ejercerá la vicepresidencia de la representación de la
Administración en la Comisión; Secretaría de Estado de Hacienda;
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos; Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas y Delegación del Gobierno en Cataluña.
Hacienda y Administraciones Públicas
GARANTIZADO EL DERECHO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL EXTERIOR
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo
que garantizará la elección de órganos de representación del personal de
la Administración General del Estado en el exterior y sus Organismos
Autónomos, con lo que se desarrolla su derecho de negociación colectiva.
Para el desarrollo del procedimiento de elección
se constituirá una circunscripción única para todo el personal laboral
contratado en el exterior, fórmula que permite conjugar el interés
público de carácter económico con la calidad de las condiciones de
trabajo de dicho personal.
Economía y Competitividad
PRÉSTAMO AL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS PARA OBLIGACIONES DERIVADAS DEL SEGURO DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado un gasto de
280.637.400 euros para atender las necesidades derivadas de la cobertura
de riesgos del Seguro de Crédito a la Exportación por cuenta del
Estado, conforme a lo previsto en la Ley de 4 de julio de 1970.
La Compañía Española de Seguros de Crédito a la
Exportación (CESCE) cubre los riesgos comerciales derivados del comercio
exterior. CESCE gestiona, en nombre propio y por cuenta del Estado, con
carácter exclusivo, la cobertura de los riesgos del seguro de crédito a
la exportación que sean asumidos por éste, y corresponde al Consorcio
de Compensación de Seguros la administración de los fondos de este
seguro por cuenta del Estado.
En la prórroga para el ejercicio 2012 de los
Presupuestos Generales del Estado se consigna un crédito de 280.637.400
euros para la atención de las obligaciones derivadas de la cobertura de
riesgos del Seguro de Crédito a la Exportación por cuenta del Estado,
para el caso de que las primas recaudadas y las reservas que en su caso
se constituyan resulten insuficientes. Este crédito tiene carácter
ampliable.
Fomento
ENCOMIENDA A ADIF DE LA CONEXIÓN DEL CORREDOR MEDITERRÁNEO CON LA ALTA VELOCIDAD MADRID-BARCELONA-FRONTERA FRANCESA, Y DEL TRAMO A CORUÑA-VIGO
El Consejo de Ministros ha tomado razón de las
resoluciones del Ministerio de Fomento por las que se encomienda la
construcción, con cargo a sus propios recursos, a ADIF de la conexión
del Corredor Mediterráneo con la línea de alta velocidad
Madrid-Barcelona-frontera francesa: Vandellós-área de Tarragona, y de la
construcción del tramo A Coruña-Vigo de la Línea Eje Atlántico de Alta
Velocidad.
Las encomiendas a ADIF incluyen la redacción y
aprobación de los proyectos que no hayan sido ya aprobados por el
Ministerio de Fomento, así como la aprobación económica de los proyectos
e incidencias de contratos que estén en tramitación y las obligaciones
derivadas del cumplimiento de los condicionantes ambientales que
resulten legalmente exigibles.
También incluyen la realización de las obras e instalaciones necesarias para la ejecución de esta conexión.
ADIF se subrogará en todos los contratos que
hayan sido licitados o adjudicados por la Dirección General de
Ferrocarriles del Ministerio de Fomento para la redacción y aprobación
de los proyectos pendientes, para la ejecución y seguimiento de las
obras de esta infraestructura y para apoyo de expropiaciones, en la
situación administrativa en la que se encuentren a la firma de esta
resolución.
Asimismo, se entregarán a ADIF los activos
relacionados con las inversiones ya ejecutadas por la Dirección General
de Ferrocarriles para la construcción de la conexión del Corredor
Mediterráneo, y del tramo A Coruña-Vigo.
Por otro lado, el servicio financiero de la deuda
en que incurra ADIF para financiar las actuaciones objeto de la
encomienda será abonado por el Estado en los términos que contemple un
futuro contrato programa o se indiquen en el instrumento que al efecto
se formalice, todo ello dentro del marco presupuestario autorizado por
el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Economía y Competitividad
CONTRIBUCIÓN AL CENTRO DE ASISTENCIA TÉCNICA REGIONAL EN CENTROAMÉRICA DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
El Consejo de Ministros ha autorizado el cuarto
desembolso de la contribución de España al Centro de Asistencia Técnica
Regional en Centroamérica del Fondo Monetario Internacional (FMI
CAPTAC), por importe de un millón de dólares, con cargo al presupuesto
prorrogado para 2012 de la extinta Dirección General de Financiación
Internacional.
Desde 2005 España contribuye a la Asistencia
Técnica del Fondo Monetario Internacional. El FMI creó en junio de 2009
un Centro de Asistencia Técnica Regional en Centroamérica (CAPTAC), que
aglutina todas las actividades de este tipo en la región, de las que son
beneficiarios El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, República
Dominicana, Guatemala y Panamá.
El objetivo de esta Asistencia es fortalecer la
capacidad institucional de los Gobiernos de Centroamérica para lograr
una mejora de la gestión financiera, el sistema financiero y las
estadísticas macroeconómicas.
El coste total estimado de abrir y operar el
CAPTAC se sitúa, para los primeros cinco años, en torno a 35 millones de
dólares. España se comprometió a aportar un total de siete millones de
dólares al proyecto, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de
diciembre de 2008, y ya se han realizado tres desembolsos por importes
respectivos de dos millones de dólares, un millón de dólares y un millón
de dólares.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDOS DE AVIACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA CON JORDANIA Y GEORGIA
El Consejo de Ministros ha aprobado la firma "ad
referéndum" del Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Unión
Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de
Jordania, por otra. Además, ha aprobado la firma "ad referéndum" del
Acuerdo sobre un Espacio Aéreo Común entre la Unión Europea y sus
Estados miembros, y Georgia. En ambos casos el Consejo de Ministros ha
autorizado su aplicación provisional y ha dispuesto su remisión a las
Cortes Generales.
Las relaciones globales entre la Unión Europea y
Jordania están reguladas por el Acuerdo de Asociación Euromediterráneo
de mayo de 2002, mientras que las relaciones entre la Unión Europea y
Georgia lo están por un Acuerdo de Cooperación de abril de 1996. Las
relaciones bilaterales se han ido intensificando en los dos casos,
culminando con la aprobación del Plan de Acción correspondiente a la
Política Europea de Vecindad, cuya finalidad es establecer un estatuto
avanzado de relaciones aumentando la integración económica y la
asociación política de Jordania con la Unión Europea. La colaboración en
el ámbito aéreo se menciona como una de las medidas concretas de apoyo a
este objetivo político en el Informe estratégico de la Unión Europea
sobre ambos países para el período 2007-2013, así como en la
Comunicación "Una nueva respuesta a una vecindad en cambio", de 25 de
mayo de 2011.
El objetivo fundamental de estos Acuerdos es la
creación de un Espacio Aéreo Común, basado en el acceso mutuo a los
mercados del transporte aéreo, en condiciones de competencia equitativas
y en la observancia de las mismas normas, en particular las relativas a
la seguridad aérea, la protección de la aviación, la gestión del
tránsito aéreo, los aspectos sociales y el medio ambiente.
Política de cielos abiertos
Ambos textos suponen un avance en la llamada
"política de cielos abiertos" que se está produciendo en el transporte
aéreo a nivel mundial y que conlleva tanto la apertura de los mercados
de derechos de tráfico aéreo e inversiones en este sector, como una
armonización de reglamentaciones y una mayor cooperación entre Estados
en esta materia.
Recogen, entre otros aspectos, los siguientes:
concesión de derechos de tráfico aéreo cubiertos; autorizaciones de
operación; reconocimiento recíproco de resoluciones normativas con
respecto a la aptitud; la propiedad y el control de las compañías
aéreas; inversiones; observancia de las disposiciones legales y
reglamentarias aplicables; entorno competitivo; oportunidades
comerciales (personal, sucursales, pago en moneda local, repatriación de
beneficios); derechos de aduana y fiscalidad; tasas de usuario de
aeropuertos e infraestructuras; precios e intercambio estadístico
Jordania
Desde el punto de vista económico, el Acuerdo con
Jordania abre grandes posibilidades de desarrollo al mercado aéreo
entre la Unión Europea y Jordania. La modernización de las estructuras
aéreas jordanas y la remoción de obstáculos y limitaciones jurídicas y
técnicas es un aliciente para atraer a nuevos operadores a este mercado y
crear así nuevas oportunidades de generación de negocios, inversión y
empleo.
Georgia
Por su parte, el Acuerdo con Georgia parte de un
modesto volumen anual de pasajeros en torno a los 210.000. Se calcula un
aumento del tráfico de pasajeros y de mercancías existente en las dos
direcciones en torno a un 14 por 100 anual. Al igual que en el caso de
Jordania, la modernización de las estructuras aéreas georgianas y la
remoción de obstáculos y limitaciones jurídicas y técnicas es un
aliciente para atraer también a nuevos operadores.
Hacienda y Administraciones Públicas
AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA
El Consejo de Ministros ha autorizado la
aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de
1.696.728,78 euros, distribuidos de la forma siguiente:
- 1.317.240,37 euros para financiar un suplemento en el Ministerio del
Interior destinado al pago de gratificaciones a personal del Cuerpo la
Guardia Civil por la prestación de servicios extraordinarios de exceso
de horario, en aplicación de diversas sentencias y autos judiciales.
- 379.488,41 euros, de los que 240.404,84 euros serán destinados a
financiar un suplemento de crédito en el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas para el abono de las indemnizaciones derivadas
de la sentencia de la Audiencia Nacional de 2010 relativa al síndrome
tóxico; y 139.083,57 euros para la financiación de un crédito
extraordinario en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social destinados
al pago de intereses a personas afectadas por el síndrome tóxico, según
auto de la Audiencia Nacional de 2011.
BIOGRAFÍAS
Presidencia del Gobierno
Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Extremadura.-
D. GERMÁN LÓPEZ IGLESIAS.
Nacido el 13 de agosto de 1950, casado, con tres hijos, es Ingeniero Técnico Agrícola.
Concejal y Teniente de Alcalde en el Ayuntamiento
de Badajoz por el Partido Popular. Diputado nacional al Congreso de los
Diputados por el Partido Popular en las VII y VIII Legislaturas.
Actualmente es diputado Nacional al Congreso de los Diputados y
pertenece a las comisiones de Fomento e Industria, Energía y Turismo,
además de portavoz adjunto en la Comisión sobre Seguridad Vial y
Movilidad Sostenible.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
Embajador de España en la República de Cuba.-
D. JUAN FRANCISCO MONTALBÁN CARRASCO.
Nacido el 26 de diciembre de 1958 en Madrid, es
Licenciado en Ciencias Políticas y en Sociología y en Derecho, e ingresó
en 1985 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones
diplomáticas españolas en Mozambique, Nicaragua y México. Ha sido
subdirector general de Acción Cooperativa del Instituto de Cooperación
para el Desarrollo y subdirector general de la Oficina de Planificación y
Evaluación. En 1999 fue nombrado director general del Instituto de
Cooperación Iberoamericana; en 2001 pasó a ocupar el puesto de embajador
de España en la República de El Salvador y, posteriormente, el de
embajador de España en Bolivia. Fue embajador en Misión Especial para
Políticas de Desarrollo y vocal asesor en la Unidad de Apoyo de la
Dirección General de Política Exterior para Iberoamérica. Actualmente
era delegado permanente adjunto de España ante la OCDE.
Embajador de España en el Estado de Israel.-
D. FERNANDO CARDERERA SOLER.
Nacido el 4 de noviembre de 1955 en Madrid, es
Licenciado en Derecho y en Ciencias Empresariales por ICADE e ingresó en
la Carrera Diplomática en 1980.
Ha estado destinado en las representaciones
diplomáticas españolas en la República Federal de Alemania y ante las
Comunidades Europeas. Ha sido subdirector general de Coordinación
Comunitaria para Relaciones Institucionales; director general de
Coordinación Técnica para Asuntos de la Unión Europea; director general
de Asuntos Técnicos de la Unión Europea, y director general de
Coordinación de Asuntos Generales y Técnicos de la Unión Europea. En
septiembre de 2000 fue designado embajador de España en la República de
Finlandia y en 2004 fue nombrado vocal asesor en el Gabinete del
Secretario de Estado para la Unión Europea. Actualmente desempeñaba la
segunda jefatura en la Embajada de España en Francia.
Embajadora de España en la República Libanesa.-
Dª MILAGROS HERNANDO ECHEVARRÍA.
Nacida el 12 de enero de 1957 en Bilbao, es
Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología e ingresó en 1988 en la
Carrera Diplomática.
Ha estado destinada en las representaciones
diplomáticas españolas en Perú y República Checa. Ha sido vocal asesora
en el Gabinete de la Secretaría de Estado de Política Exterior y para la
Unión Europea. En 2000 fue nombrada directora del Gabinete del
Secretario de Estado de Asuntos Europeos y en julio de 2005 directora
general de Planificación y Evaluación de Políticas para el Desarrollo.
En mayo de 2008 fue nombrada Directora del Departamento de Política
Internacional y de Seguridad del Gabinete del Presidente del Gobierno.
Embajador de España en la República de Kazajstán.-
D. MANUEL LARROTCHA PARADA.
Nacido el 19 de octubre de 1956, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1983 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones
diplomáticas españolas en Irak, Irlanda, Estados Unidos y Noruega. Fue
subdirector general de Asuntos Internacionales de Desarme, jefe del Área
de Relaciones Económicas Asia y Pacífico, consejero en la
Representación Permanente de España ante la OTAN, segundo jefe de la
Embajada de España en Turquía y director de la División de Asuntos
Schengen. Actualmente era subdirector general de Asuntos Migratorios.