El juez instructor del caso Nóos, José Castro, subraya en su último auto
que las declaraciones de la renta solicitadas a los Duques de Palma son
de "muy equívoca reserva" y añade que, en función de su contenido, "los
datos que unos ocultarían celosamente" por mucho que "no se recataran
en la ostentación de sus signos", a otros "no les importaría en absoluto
que se hicieran del dominio público sin merma alguna de su intimidad".
Así de tajante lo pone de manifiesto en la resolución en la que apela a la necesidad de saber si
la protección constitucional del derecho a la intimidad "es uniforme
para toda la ciudadanía o, por el contrario, automodaticia al contenido
que singularmente uno quiera darle".
En esta misma línea, el magistrado afirma que la petición de las
diez últimas tributaciones del IRPF de la
Infanta Cristina e
Iñaki
Urdangarin no está exenta de motivación, de modo que "ninguna
indefensión se les ha podido causar". El magistrado ha desestimado así
los recursos de reforma que ambos habían interpuesto contra la solicitud
de los documentos fiscales.
En la resolución, de trece páginas, el instructor asevera asimismo
que "la crítica a la falta de motivación" alegada por los Duques
respecto a la petición de sus declaraciones "no se acoge", ya que esta
solicitud "adoptó la forma de auto, se hacía eco de la previa solicitud
formulada por el sindicato Manos Limpias, justificaba la competencia de
este Juzgado para su adopción y estimaba procedente la diligencia a los
fines pretendidos".
Asimismo, el instructor niega que se haya producido "conculcación"
alguna del derecho a la intimidad, al alegar que la petición de las
tributaciones de los Duques se ha llevado a cabo en el marco del
"obligado ejercicio de la función investigadora de un Juzgado de
Instrucción" y más cuando esta diligencia, de oficio o a instancia de
parte, "responde a la finalidad de investigar hechos en los que resulta
obvia su trascendencia".
"Sin duda alguna se argumentará (...) un especial deber de
sigilo", añade
Castro, poniendo de manifiesto sin embargo que se trata
de datos de "muy equívoca reserva" ya que en función de su contenido,
determinados datos "unas personas protegerían celosamente (...) otros no
tendrían el menor inconveniente en que se hicieran públicos incluso sin
el menor motivo plausible".
Cabe recordar que, en el caso de las declaraciones de Urdangarin,
ya incorporadas a la causa, revelan cómo el expresidente del Instituto
Nóos multiplicó sus ingresos de 30.783 a 571.844 euros entre los años
2002 y 2009, mientras que a la hora de hacer la declaración de la renta
de cada uno de esos diez años le salió a pagar poco más de 100.000
euros.
Es más, reflejan que el año más álgido para el Duque como
presidente de Nóos en cuanto a ingresos se refiere fue 2005, cuando
percibió hasta un total de 54.800 euros. Ese mismo año, el Instituto
Nóos firmó un convenio con el Gobierno balear, por 1,2 millones de
euros, para la organización de un foro sobre turismo y deporte mientras
que rubricó una adenda con el Ayuntamiento de Valencia, por un millón,
para la celebración de la segunda edición del Valencia Summit.
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