El Supremo se toma hasta el ¡13 de enero! para decidir sobre la puesta en libertad de los etarras
martes 16 de diciembre de 2014, 21:14h
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no ha
adoptado finalmente ningún criterio general sobre cómo debe aplicarse
la normativa europea que permitiría restar a presos de ETA el tiempo
transcurrido en prisiones de otros países de la Unión Europea. Primero
preguntará tanto al fiscal como al recurrente en el caso concreto
estudiado este martes, el miembro de ETA Kepa Picabea Ugalde, si debe
aplicar la Ley que entró en vigor el pasado día 3 y que pone límites a
estas acumulaciones de condena. La decisión ha sido adoptada por unanimidad, han informado fuentes
del alto tribunal, que señalan que los 15 magistrados de lo Penal
volverán a reunirse el 13 de enero, una vez cuenten con estos informes.
El objetivo del aplazamiento es evitar la indefensión del citado
miembro de ETA puesto que cuando éste recurrió para que se le aplicara
la decisión marco del Consejo de la Unión Europea que trata esta
cuestión, que data de 2008, aún no existía la Ley 7/2014 por la que
dicha norma se traspone a nuestro Ordenamiento Jurídico.
La citada Ley contiene una Disposición Adicional Única que señala
que "en ningún caso serán tenidas en cuenta" para su aplicación "las
condenas dictadas por un tribunal de un Estado miembro de la Unión
Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010", fecha límite de
trasposición de la norma europea.
El aplazamiento del debate sobre el fondo de la cuestión se
produce después de más de cinco horas de intensas deliberaciones , de
carácter muy técnico, que se han repartido entre la mañana y la tarde de
este lunes.
Medio centenar
La decisión que se adopte finalmente ha despertado mucho interés
porque podría afectar a más de medio centenar de miembros de la banda
terrorista que han cumplido parte de su condena en otros países de la
Unión Europea y cuyos recursos todavía no han llegado al alto tribunal.
Entre ellos están los recientemente excarcelados por la Audiencia
Nacional Santiago Arrospide Sarasola, 'Santi Potros', inductor del
atentado de Hipercor, y del también miembro de ETA Alberto Plazaola
Anduaga.
En los dos casos anteriores se acordó la acumulación de las penas
de ambos terroristas un día antes de la entrada en vigor de la Ley
7/2014, y fueron excarcelados un día después.
De este modo, tanto Arrospide como Plazaola vieron descontadas de
las penas a las que fueron condenados inicialmente los periodos de
reclusión que cumplieron en cárceles francesas. Se da la circunstancia
de que otras secciones de la misma Audiencia Nacional resolvieron en
contra de excarcelar a otros presos en la misma situación.
Posición fiscal
La Audiencia Nacional acordó las citadas excarcelaciones a pesar
de que la Fiscalía ya había anunciado su intención de recurrir ante el
Tribunal Supremo el nuevo cómputo de penas en cumplimiento de una
Disposición Adicional Unica de la ley, cuya aplicación hubiera evitado
las salidas de prisión.
Por lo que refiere a Pikabea, se integró en ETA en 1980. Sólo en
ese año ya participó en cinco atentados terroristas que se saldaron con
la muerte de ocho guardias civiles y cinco policías nacionales. En mayo
de 1982 pasa a formar parte de un nuevo comando con históricos como
José Eciolaza, 'Dienteputo', Goicoechea Elorriaga 'Txapela', Olaizola
Achucarro 'Antxon' o Bilbao Beascoechea participando también en diversos
atentados mortales.
En 1991 prosiguió su actividad criminal teniendo como compañeros a
los miembros de ETA Insausti Múgica, 'Karpov' y Olarra Guridi, con
quienes participa en varios atentados que terminan con el asesinato de
varios guardias civiles, policías y un particular.
No fue hasta julio de 1994 cuando Picabea es arrestado en Francia,
concretamente en la estación de tren de Bayona. En aquel momento,
Picabea ya era una persona destacada en ETA debido a que había sido
lugarteniente del que fuera máximo dirigente de la banda, Francisco
Múgica Garmendia, 'Pakito' hasta su detención en 1992.