La Ley de Consultas Populares con la que CiU pretende dar amparo
legal al referéndum independentista está en proceso de cocción y
le queda poco para salir del horno. El Govern se plantea convocar un
pleno parlamentario extraordinario los días 17 y 18 de septiembre
para aprobar la norma. Así, la ley estaría plenamente vigente el 9
de noviembre, fecha prevista por el Ejecutivo catalán para la
celebración del famoso referéndum secesionista.
Para evitar retrasos indeseados, el Govern ha establecido un
calendario de tramitación, que prevé cumplir a rajatabla. De
momento, la ley está siendo estudiada en una ponencia que finalizará
su tarea el 4 de julio. Esta ponencia emitirá un dictamen, que será
visto en comisión parlamentaria el 16 de julio. La propia CiU
llevará el resultado al Tribunal de Garantías Estatutarias -una
especie de Constitucional a la catalana- para que en el plazo máximo
de un mes dictamine que la norma se ajusta a lo establecido en la
Constitución y en el Estatut.
Tras este trámite, que se evacuará a mediados de agosto, la ley
estará lista para ser aprobada probablemente en ese pleno
parlamentario extraordinario de mediados de septiembre con los votos
a favor de CiU, ERC, ICV, la CUP y quizá el PSC. Es probable que PP
y Ciutadans, que mantienen vivas sus enmiendas, voten en contra,
aunque las posiciones todavía no están tomadas, porque "el
texto es muy cambiante", según explica el portavoz adjunto del
PP, Santi Rodríguez.
Pese a esos cambios, sí hay ya algunas cosas decididas. Por
ejemplo, se sabe que la Generalitat elaborará el censo para la
consulta a partir de los datos de población del Instituto de
Estadística de Cataluña (Idescat), que cuenta con esa información
porque los Ayuntamientos están obligados a facilitarle sus padrones.
De este modo, se evitará que algunos Consistorios entorpezcan el
proceso negándose a dar los datos de sus habitantes. También se
descarta otra opción que se había barajado, la de usar los datos de
los afiliados a la seguridad social que maneja el Instituto Catalán
de la Salut.
Los ponentes de la ley también tienen muy claro que el censo para
la consulta será más amplio que el censo electoral tradicional, ya
que incluirá "a las personas a partir de los 16 años que
tengan la condición política de catalanes". Si se trata de
catalanes residentes en el extranjero tendrán que inscribirse
previamente en un registro creado a tal efecto. Además, se permitirá
votar a los nacionales de países de la Unión Europea, lo que
incluirá al resto de españoles, que acrediten un año de residencia
continuada en Cataluña. Por último, tendrán derecho de sufragio
los inmigrantes con permiso de residencia de más de tres años.
La Ley de Consultas Populares pretende ser la percha legal para
celebrar el referéndum del 9 de noviembre. Esta normativa se
sustenta en lo establecido en al artículo 122 del nuevo Estatut
catalán, que permite a la Generalitat celebrar consultas no
refrendarias en el ámbito de sus competencias. El Estatut también
prevé que Cataluña convoque consultas refrendarias, es decir,
auténticos referendos, pero siempre y cuando se tenga la previa
autorización del Consejo de Ministros.
Para evitar pedir permiso al Gobierno central, CiU ha optado por
regular las consultas no refrendarias. ¿Cuál es la diferencia? Las
consultas no refrendarias deben sustentarse en un cuerpo electoral
distinto al censo tradicional. Además, no pueden tener el mismo
sistema de garantías que los referendos habituales. La Generalitat
cree que cumplirá con ambos requisitos, ya que el censo que ha
elaborado permite votar a menores de 18 años y a extranjeros cosa
que no sucede en las elecciones tradicionales.
Para acabar de cubrirse las espaldas, ha diseñado también un
sistema de garantías alternativo consistente en la creación de una
Comisión de Control, Comisiones de Seguimiento y las Mesas de
Consultas. Para Santi Rodriguez, este sistema de garantías es
"mimético" al de cualquier referéndum, pues la Comisión
de Control equivale a la Junta Electoral Central y las de
Seguimiento, a las Juntas Electorales de zona.
Esta falta de originalidad a la hora de crear el sistema de
garantías podría ser motivo de impugnación de la ley. Pero de
momento, el PP no tiene previsto llevar la norma al Constitucional.
Rodríguez explica que su partido se inclina por recurrir el decreto
concreto de convocatoria de la consulta del 9 de noviembre en cuanto
el presidente de la Generalitat, Artur Mas, lo firme, con el
argumento de que la independencia de Cataluña queda fuera del ámbito
competencial de la Generalitat.
El artificio legal está a semanas de ver la luz. Ahora solo falta
por saber si esa consulta llegará o no a celebrarse.
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