Se mantendrían así las indemnizaciones de 20 días si el despido es procedente, de 33 días si es improcedente objetivo para el contrato de fomento, o de 45 para todas las modalidades de rescisión improcedente del modelo indefinido ordinario y del improcedente por causas disciplinarias del de fomento. Aunque en la negociación ha salido a relucir la extensión de la indemnización de 20 días a otros contratos, en la que el Ejecutivo asumiría ocho días, con cargo al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y el resto seguiría siendo responsabilidad del empresario.
Objetivar el despido
Pero la intención firme del Gobierno es aclarar las causas del despido procedente, cuyo coste es de 20 días, para simplificar su utilización en el caso de las empresas que acreditan problemas económicos o insolvencia. En la actualidad,se termina acudiendo al juez en detrimento de la documentación que presente el empresario. La patronal ha reivindicado desde el principio de la negociación que esa objetivación, es decir las causas razonadas de despido, se detallen por ley y no sea necesario acudir al juez para un dictamen. La propuesta ha sido rechazada por los sindicatos y es la que iría presumiblemente en el decreto del Gobierno.
El otro punto que quedaría para el citado decreto sería la flexibilización de los convenios sectoriales. El articulado de estos reglamentos deberán ser completados en la pendiente reforma de la negociación colectiva.
Donde sí se ha alcanzado mayor acuerdo es en el plan específico de empleo joven, asociando más bonificaciones a la contratación de este colectivo, o la aplicación del llamado modelo alemán. Éste facilita las reducciones de jornada como alternativa al despido, compensando a los trabajadores afectados con prestaciones.